La Reforma del Código Penal presentada al Congreso por el Presidente Macri permitiría en la práctica el aborto libre
Nuevo Código Penal=Aborto Libre
Nuevo Código Penal=Aborto Libre

ÚLTIMO MOMENTO (4 de junio): ¡El Gobierno actual no da un paso atrás para dejar de promover el aborto! El día de hoy, el Ministro de Justicia y DD.HH., Germán Garavano, presentó en la Comisión de Justicia del Senado de la Nación, el proyecto de Reforma del Código Penal, que significa en la práctica “aborto libre”.
ÚLTIMO MOMENTO (4 de abril): Grupos provida presentan un recurso pidiendo que el Defensor del Pueblo intervenga contra el "aborto no punible" que se plantea en la reforma del código penal. El texto, realizado por el abogado Ángel Romero de la Fundación Más Vida, manifiesta que el proyecto atenta contra el bien tutelado de la Vida Humana.
#VivirNoEsDelito
Nos oponemos a que se vanalice la vida del niño por nacer y de los niños nacidos, de los ancianos y personas enfermas, que se pretenda criminalizar a quienes se oponen a la ideología de género.
Te cuento más:
ABORTO:
¡Legaliza el aborto en la práctica! Porque incorpora el “riesgo de salud psíquica” y el “abuso sexual” a cualquier mujer, como causa para la no punibilidad del aborto. ¡Es espantoso! En nuestro país, se vienen realizando abortos en cientos de hospitales públicos, usando el "protocolo de abortos para la interrupción legal del embarazo". Sabemos que el aborto nunca es "legal" en nuestro país, pero lamentablemente desde el Gobierno, desde el fallo FAL de la Corte Suprema, confunden intencionalmente la "no punibilidad" con la "legalización", y mucho peor aún considerando que es un fallo de la Corte Suprema para un caso específico y se está mal usando para legislar todos los casos.
El proyecto presentado modifica el artículo 86, de las excusas absolutarias del aborto, incorporando el pronunciamiento de la Corte sobre el caso FAL.
En el inciso 1º, agrega la “salud mental” como causa para que no sea punible el aborto. Viendo la experiencia en otros países, podemos observar que miles de abortos se han realizado usando como excusa una dolencia mental, basta el certificado de un psicólogo.
En el inciso 2º, que actualmente es discutible porque promovía el aborto eugenésico, incorpora la jurisprudencia del fallo FAL, no penando el aborto en cualquier caso de “abuso sexual”. Como dice la Lic. Mónica del Río,
“crea una categoría especial de personas, las que han sido concebidas a raíz de un abuso sexual, a las cuales se las priva del derecho a la vida del que es titular todo niño por nacer”
FILICIDIO
Se incorpora la figura de “filicidio” que rebaja la pena a 3 a 6 años. Actualmente se considera homicidio agravado por vínculo, y tiene penas de 8 a 25 años de prisión.
EUTANASIA
También se rebaja la pena a 3 a 6 años de prisión, a quienes por “sentimientos de piedad y por un pedido serio, expreso e inequívoco de quien esté sufriendo una enfermedad incurable o terminal, causare la muerte de enfermo”.
Recordamos que la condena de 3 años de prisión es excarcelable y queda en suspenso, quiere decir que si la persona no tiene antecedentes, se va a su casa.
Por todo esto, pedimos a nuestros legisladores que rechacen estos puntos en la Reforma del Código Penal.
DICTADURA DE GÉNERO:
Permite perseguir a quienes prediquen la familia natural (fundada por un matrimonio constituido por hombre y mujer), quienes consideren la homosexualidad como una desviación y una enfermedad, etc.
En el artículo 159 considera “delito de lesa humanidad”, impreschiptible y con penas de hasta 30 años la “persecución de un grupo o colectividad con identidad propia, fundada en motivos políticos,...de género, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional”.
¡Firma esta petición ahora!
Rechazo a las reformas del Código Penal