Ningún tratado internacional considera el aborto como un derecho
Suprema Corte: el aborto no es un derecho
victoria
Suprema Corte: el aborto no es un derecho
ULTIMA HORA (29 de junio) ¡¡¡VICTORIA!!! Ganamos 3 a 1. ¡¡¡Sí se puede!! El proyecto Zaldívar sólo contó con el apoyo del mismo Zaldívar. La SCJN resuelve la no procedencia del amparo. Es una decisión formal no de fondo. ¡¡Pero ganamos!! Gracias por haber hecho posible esta victoria
ULTIMA HORA (29 de junio) VIDEO. Concentración frente a la SCJN
VIDEO de la concentración en Milenio
Album de FOTOS de la concentración
ULTIMA HORA (28 de junio) Hoy martes 28 a las 20:00 hagamos trending topic #CorteDejaDeLegislar
ULTIMA HORA: (27 de junio) Este miércoles 29, de 10:00am a 11:00am nos concentraremos frente a la sede de la SCJN (Ave José María Pino Suárez No. 2, Cuauhtemoc, Centro, 06065 Ciudad de México, D.F., México) Acudiremos con ecógrafos para que los ministros conozcan el latido de un corazón de un bebé de apenas 10 semanas de vida. Lo amplificaremos 10.000 veces. ¡Nos van a oir!
La Primera Sala de la Suprema Corte de la Nación (SCJN) debatirá probablemente este 29 de junio un proyecto por el que declaran inconstitucional la prohibición total del aborto “porque anula de manera absoluta los derechos de las mujeres”
El proyecto de resolución elaborado por el ministro Arturo Zaldívar, considera lo siguiente:
“Limitar o regular el ejercicio de la decisión de la mujer a practicarse un aborto afecta ‘prima fasce’ (a primera vista) el derecho a la salud sexual y reproductiva y al derecho al libre desarrollo de la personalidad pues incide en el plan de vida que las mujeres desean realizar”.
Zaldívar también sostiene que la prohibición puede llevar a mujeres en riesgo de exclusión social, marginación o pobreza a que acudan a centros sin las debidas garantías “arriesgando su salud y hasta su vida”.
Según el proyecto que será discutido en la Sala Primera, la prohibición del aborto conlleva “muertes evitables, imposibilidad de volverse a embarazar o daños psicológicos permanentes”.
Así que concluye que el Estado debe garantizar un “aborto seguro” en las instituciones de salud pública. Es decir, gratuito.
El ministro considera que la normativa federal “restringe excesivamente el derecho de la mujer a practicarse el aborto”.
El Código Penal Federal prevé tres supuestos despenalizadores del aborto:
- "Resultado de una conducta imprudente"
- Cuando el embarazo es fruto de una violación
- Cuando está en peligro de muerte "la mujer o el producto de la concepción".
En su opinión, el aborto se encuentra “constitucionalmente reconocido en determinados supuestos” por lo que restringir el aborto “resultaría inconstitucional, pues vulneraría despropocionalmente la autonomía y la dignidad de las mujeres embarazadas”.
Por último apela a regular "sin discriminación y con perspectiva de género, esto es, libre de prejuicios y estigmatizaciones". Es decir, no cabe calificar el aborto como “incorrecto” o “inmoral”.
El Sr. Zaldívar se olvida de que:
- El aborto es la finalización de un ser humano de nuestra especie, único e irrepetible. Acabar con una vida humana es una inmoralidad y obvio que es incorrecto.
- Como vida humana que es el concebido aunque no nacido, es un bien jurídico protegible y un sujeto de derechos.
- La Constitución mexicana protege y defiende el derecho a la vida del no nacido
- Los tratados internacionales suscritos por México reconocen la protección del embrión como vida humana que es.
El fallo de la SCJN sólo tendrá efectos sobre la mujer amparada, pero podría sentar un gravísimo precedente.
Escribe ahora a la Sala Primera de la Corte Suprema y pídeles que rechacen el proyecto de resolución del ministro Zaldívar
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