Suprema Corte: el aborto no es un derecho

Ningún tratado internacional considera el aborto como un derecho

 

Suprema Corte: el aborto no es un derecho

victoria

Suprema Corte: el aborto no es un derecho

050.000
  36.618
 
36.618 have signed.

ULTIMA HORA (29 de junio) ¡¡¡VICTORIA!!! Ganamos 3 a 1. ¡¡¡Sí se puede!! El proyecto Zaldívar sólo contó con el apoyo del mismo Zaldívar. La SCJN resuelve la no procedencia del amparo. Es una decisión formal no de fondo. ¡¡Pero ganamos!! Gracias por haber hecho posible esta victoria

Lee la nota de ACIprensa

Mira la nota en Reforma

Lee la nota en El País

ULTIMA HORA (29 de junio) VIDEO. Concentración frente a la SCJN

VIDEO de la concentración en Milenio

Album de FOTOS de la concentración

ULTIMA HORA (28 de junio) VIDEO. La diputada federal Edith Martínez pide a la SCJN que proteja el derecho a la vida

ULTIMA HORA (28 de junio) Hoy martes 28 a las 20:00 hagamos trending topic #CorteDejaDeLegislar

ULTIMA HORA: (27 de junio) Este miércoles 29, de 10:00am a 11:00am nos concentraremos frente a la sede de la SCJN (Ave José María Pino Suárez No. 2, Cuauhtemoc, Centro, 06065 Ciudad de México, D.F., México) Acudiremos con ecógrafos para que los ministros conozcan el latido de un corazón de un bebé de apenas 10 semanas de vida. Lo amplificaremos 10.000 veces. ¡Nos van a oir!

La Primera Sala de la Suprema Corte de la Nación (SCJN) debatirá probablemente este 29 de junio un proyecto por el que declaran inconstitucional la prohibición total del aborto “porque anula de manera absoluta los derechos de las mujeres”

El proyecto de resolución elaborado por el ministro Arturo Zaldívar, considera lo siguiente:

“Limitar o regular el ejercicio de la decisión de la mujer a practicarse un aborto afecta ‘prima fasce’ (a primera vista) el derecho a la salud sexual y reproductiva y al derecho al libre desarrollo de la personalidad pues incide en el plan de vida que las mujeres desean realizar”.

Zaldívar también sostiene que la prohibición puede llevar a mujeres en riesgo de exclusión social, marginación o pobreza a que acudan a centros sin las debidas garantías “arriesgando su salud y hasta su vida”.

Según el proyecto que será discutido en la Sala Primera, la prohibición del aborto conlleva “muertes evitables, imposibilidad de volverse a embarazar o daños psicológicos permanentes”.

Así que concluye que el Estado debe garantizar un “aborto seguro” en las instituciones de salud pública. Es decir, gratuito.

El ministro considera que la normativa federal “restringe excesivamente el derecho de la mujer a practicarse el aborto”.

El Código Penal Federal prevé tres supuestos despenalizadores del aborto:

  • "Resultado de una conducta imprudente"
  • Cuando el embarazo es fruto de una violación
  • Cuando está en peligro de muerte "la mujer o el producto de la concepción".

En su opinión, el aborto se encuentra “constitucionalmente reconocido en determinados supuestos” por lo que restringir el aborto “resultaría inconstitucional, pues vulneraría despropocionalmente la autonomía y la dignidad de las mujeres embarazadas”.

Por último apela a regular "sin discriminación y con perspectiva de género, esto es, libre de prejuicios y estigmatizaciones". Es decir, no cabe calificar el aborto como “incorrecto” o “inmoral”.

El Sr. Zaldívar se olvida de que:

  • El aborto es la finalización de un ser humano de nuestra especie, único e irrepetible. Acabar con una vida humana es una inmoralidad y obvio que es incorrecto.
  • Como vida humana que es el concebido aunque no nacido, es un bien jurídico protegible y un sujeto de derechos.
  • La Constitución mexicana protege y defiende el derecho a la vida del no nacido
  • Los tratados internacionales suscritos por México reconocen la protección del embrión como vida humana que es.

El fallo de la SCJN sólo tendrá efectos sobre la mujer amparada, pero podría sentar un gravísimo precedente.

Escribe ahora a la Sala Primera de la Corte Suprema y pídeles que rechacen el proyecto de resolución del ministro Zaldívar

Para más información:

Lee la nota en Proceso

Lee la nota en Reforma

Mons. Norberto Rivera pide respeto para las posturas católicas

Diputadas de izquierdas se felicitan

ANALISIS: ¿A quién quemarán en la hoguera?

Graves consecuencias para la mujer del aborto provocado

Consulta nuestra Constitución

Consulta la agenda de la SCJN del 22 de junio

Consulta la agenda de la SCJN del 29 de junio

050.000
  36.618
 
36.618 have signed.

Completa tu firma

Esta petición ha conseguido una...

¡Victoria!
We process your information in accordance with our Privacy Policy and Terms of Service

El concebido aunque no nacido es sujeto de derechos

A la atención de la Sala Primera de la SCJN:

Leo con preocupación que probablemente el próximo 29 de junio votarán un proyecto de resolución en el que se pretende declarar “inconstitucional” prohibir el aborto.

El proyecto del ministro Zaldívar apela a las graves consecuencias de prohibir el aborto. ¿Conocen Uds. las graves secuelas psicológicas que produce en la mujer el aborto provocado?

Se las facilito: http://www.guioteca.com/psicologia-y-tendencias/%C2%BFcuales-son-las-con...

Por otra parte, el ministro Zaldívar vincula aborto seguro con salud materno infantil. La realidad estadística de salud pública es que el país con menor mortalidad materno-infantil de la región es Chile, un país protector del derecho a la vida del no nacido.

Por último, Zaldívar apela al libre desarrollo de la personalidad de la mujer. Sin duda, un bien jurídico protegible, pero que no puede imponerse sobre otro bien jurídico protegible: el derecho a la vida del no nacido.

Como sabe, el art. 123ª.V señala:

“Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación”

¿No resulta incoherente proteger constitucionalmente a la mujer embarazada Y A SU HIJO para reinterpretar después que el hijo es disponible?

Incluso el art. 29 señala que el presidente no podrá restringir el derecho a la vida ni siquiera en declaración de estado de excepción.

Además, como sabe, México es signataria del Pacto de Derechos Civiles y Políticos que en su art 6.5 señala lo siguiente:

“No se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años de edad, ni se la aplicará a las mujeres en estado de gravidez”

México también es signataria de la Declaración Universal de Derechos del Niño, cuyo preámbulo señala lo siguiente:

“El niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”

Como sabe, no existe NINGUN tratado internacional que considere el aborto como un derecho.

Por todo ello, le pido que rechace el proyecto Zaldívar y proteja el derecho a la vida, constitucional e internacionalmente reconocido.

[Tu nombre]

El concebido aunque no nacido es sujeto de derechos

A la atención de la Sala Primera de la SCJN:

Leo con preocupación que probablemente el próximo 29 de junio votarán un proyecto de resolución en el que se pretende declarar “inconstitucional” prohibir el aborto.

El proyecto del ministro Zaldívar apela a las graves consecuencias de prohibir el aborto. ¿Conocen Uds. las graves secuelas psicológicas que produce en la mujer el aborto provocado?

Se las facilito: http://www.guioteca.com/psicologia-y-tendencias/%C2%BFcuales-son-las-con...

Por otra parte, el ministro Zaldívar vincula aborto seguro con salud materno infantil. La realidad estadística de salud pública es que el país con menor mortalidad materno-infantil de la región es Chile, un país protector del derecho a la vida del no nacido.

Por último, Zaldívar apela al libre desarrollo de la personalidad de la mujer. Sin duda, un bien jurídico protegible, pero que no puede imponerse sobre otro bien jurídico protegible: el derecho a la vida del no nacido.

Como sabe, el art. 123ª.V señala:

“Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación”

¿No resulta incoherente proteger constitucionalmente a la mujer embarazada Y A SU HIJO para reinterpretar después que el hijo es disponible?

Incluso el art. 29 señala que el presidente no podrá restringir el derecho a la vida ni siquiera en declaración de estado de excepción.

Además, como sabe, México es signataria del Pacto de Derechos Civiles y Políticos que en su art 6.5 señala lo siguiente:

“No se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años de edad, ni se la aplicará a las mujeres en estado de gravidez”

México también es signataria de la Declaración Universal de Derechos del Niño, cuyo preámbulo señala lo siguiente:

“El niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”

Como sabe, no existe NINGUN tratado internacional que considere el aborto como un derecho.

Por todo ello, le pido que rechace el proyecto Zaldívar y proteja el derecho a la vida, constitucional e internacionalmente reconocido.

[Tu nombre]